Acuerdos de pago con la Dian

Acuerdos de pago con la Dian – Muchos contribuyentes del pago de impuestos a la Dian y por diferentes motivos no tienen como pagar las deudas a esta entidad, pero hay una gran noticia y evitar así inconvenientes por mora en estos pagos y es solicitar un acuerdo de pago.

Acuerdos de pago con la Dian

Índice

Acuerdos de pago con la Dian de acuerdo al artículo 814

Acuerdos de pago con la Dian - El artículo 814 del estatuto tributario prevé la posibilidad de que el contribuyente pueda acceder a un acuerdo de pago, en el que se le de plazo hasta de 5 años - más 2 años que se pueden adicionar excepcionalmente - para pagar sus deudas con la Dian.

Acuerdos de pago con la Dian que permiten

Este acuerdo puede ser realizado para pagar impuesto de renta, Iva, retención en le fuente, timbre, intereses y sanciones. Los acuerdos de pago permiten al contribuyente pagar sus deudas con la Dian mediante cuotas mensuales, por ejemplo, lo que sin duda hace más fácil lograr el pago de lo adeudado.

Acuerdos de pago con la Dian - Un acuerdo de pago es algo similar a la refinanciación de una deuda, lo que significa que habrá que pagar intereses moratorios por los impuestos y retenciones financiados o sujetos al acuerdo de pago, intereses que son costosos, pero que en cualquier caso hacen la deuda más fácil de pagar.

Acuerdos de pago con la Dian con garantías

Como en cualquier financiación, para que la Dian autorice un acuerdo de pago, el contribuyente tendrá que constituir las garantías necesarias, puesto que la Dian debe buscar la forma de asegurar el pago de la deuda.

El mismo artículo 814 del estatuto tributario contempla las diferentes garantías que se pueden constituir:

Siempre que el deudor o un tercero a su nombre, constituya fideicomiso de garantía, ofrezca bienes para su embargo o secuestro, garantías personales, reales, bancarias o de compañías de seguros, o cualquiera otra garantía que respalde suficientemente la deuda a satisfacción de la Administración.

Se podrán aceptar garantías personales cuando la cuantía de la deuda no sea superior a 3.000 Uvt…

Acuerdos de pago con la Dian - El acuerdo de pago tiene los mismos efectos que el pago efectivo de la deuda, puesto que la mayoría de las obligaciones tributarias formales se entienden cumplidas, ya sea pagando o presentando un acuerdo de pago. Se exceptúa la presentación de la declaración de retención en la fuente, puesto que es requisito para considerarse presentada, el pagar efectivamente las retenciones declaradas.

Acuerdos de pago con la Dian  -  Enlace – Conoce mas acerca de la Dian

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