Evite Sanciones al Declarar la Renta

Evite Sanciones al Declarar la Renta – El 19 de octubre se vence el plazo para presentar la declaración de renta, de acuerdo a la Dian quien no la presente tendrá una sanción mínima de $332 mil pesos.

Índice

Evite Sanciones al Declarar la Renta razones para ser sancionado

Son tres las situaciones en las que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) lo castigará: si se demora y la presenta después del plazo estipulado, que este año va del 9 de agosto al 19 de octubre; si directamente no la presenta, o si comete errores a la hora de declarar.

Evite Sanciones al Declarar la Renta - Quienes declaran por primera vez, se preguntan: ¿qué papeles necesito?, ¿hasta cuándo tengo plazo? ¿voy a tener qué pagar?, ¿es necesario contratar un contador? o ¿seré capaz de diligenciar el formulario?

Evite Sanciones al Declarar la Renta los afectados

El Grupo de Estudios Fiscales y Red por la Justicia Tributaria de la Universidad Nacional de Colombia asegura: "Los asalariados, los profesionales independientes y los que viven, por ejemplo, de arriendos son los más golpeados, mientras que los dueños de los grandes capitales (sistema financiero, grupos económicos, grandes empresas) siguen viviendo en un paraíso".

Evite Sanciones al Declarar la Renta observaciones de importancia

  • No todos los contribuyentes que presenten la declaración tienen que pagar, pero omitirla sí genera sanción, por eso recomienda acercarse a la DIAN o algún contador para despejar dudas.
  • Actualizar la información, o si no lo tiene, inscribirse al Registro Único Tributario (RUT). Para ello, puede pedir cita anticipadamente en la DIAN a través de su página web.
  • Conocer la procedencia de sus ingresos para saber en qué cédula clasificaría cada uno (rentas de trabajo, de pensiones, de capital, no laborables y de dividendos y participaciones).
  • Verificar cuáles son los documentos que necesita para presentar la declaración según su caso.

Evite Sanciones al Declarar la Renta que tenga en cuenta

  • El formulario

Al diligenciar el formulario debe ser cuidadoso con la digitación. Es frecuente que las personas escriban números mal o un mayor monto al que tienen que pagar. Otro error está relacionado con el ingreso los datos en el renglón equivocado.

  • Saldos a favor

A veces las personas que tienen saldo a favor en la declaración del año anterior presentan una cifra diferente en la nueva. Los contribuyentes que determinen un saldo a favor pueden solicitar su devolución dentro de dos años.

  • La casilla 980

Cuando a las personas se les indica que tienen que pagar determinado saldo, es común que en el banco les sellen el recibo de consignación, pero no la declaración. Exija ese sello, porque de lo contrario queda como si no hubiera declarado. Para que no haya riesgo de que falte este sello, se les recomienda a quienes tienen firma virtual que diligencien el formulario 490 y, si no la tienen, el 980.

  • Deducciones de gastos y costos

Existen unos montos máximos a deducir por concepto de rentas exentas y reducciones. Para rentas laborales, 40%; para rentas de pensiones, 100%; para las rentas no laborales lo máximo a deducir es el 10%.

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir