Registro civil de Matrimonio

Este es un documento publico que demuestra la existencia de la unión conyugal. Si este registro no se puede demostrar ante las autoridades administrativas o judiciales que determinada persona se encuentra casado o con algún vinculo matrimonial.

Registro civil de Matrimonio - En Colombia se registran los matrimonios religiosos, como los católicos y los de aquellas religiones que hayan celebrado convenio de derecho público interno o concordato con Estado Colombiano, así como los civiles, realizados ante un juez o un notario.

El Registro Civil de Matrimonio puede ser solicitado por cualquiera de los contrayentes o por algún ciudadano, quien debe presentar su cédula de ciudadanía para realizar el trámite.

Índice

Registro civil de Matrimonio cuando se debe hacer el registro

Una vez realizada la unión de los nuevos esposos, éstos deben proceder a realizar el registro – mes siguiente a la celebración - el cual se inscribe con base en un antecedente o documento base en el que se certifica la unión.

Si se trata de un matrimonio religioso, se debe presentar la partida eclesiástica autenticada acompañada de la certificación de competencia del párroco que lo celebró, o acta religiosa expedida por la iglesia o congregación en donde se haya realizado la unión, acompañada de la certificación auténtica de la arquidiócesis que tiene competencia en el lugar donde se ofició el matrimonio.

Registro civil de Matrimonio civil

Registro civil de Matrimonio - El matrimonio civil que se realiza ante un juez o ante un notario se debe protocolizar en la notaría. La unión ante un juez, para su inscripción en el registro, se debe contar con el acta respectiva protocolizada por escritura pública.

Este documento tendrá en la parte superior un indicativo serial, que es un número asignado para efecto de control administrativo, sirve para llevar un orden y de esta manera ubicarlo en el archivo. Este serial no sirve como número de identificación, pero sí para ubicación del documento cuando se solicite una copia.

Registro civil de Matrimonio donde se puede tramitar

- Cualquier Registraduría Auxiliar, Especial y Municipal.
- Cualquier Notaría del país.
- Los Consulados de Colombia en el exterior

El Registro Civil de Matrimonio, está compuesto por original y 2 copias, el original debe archivarse en la oficina de registro respectiva, la primera copia se envía a la Dirección Nacional de Registro de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y la segunda copia se entrega al usuario.

Una vez se realice el registro civil de Matrimonio, el denunciante deberá revisar el documento para establecer si los datos ahí consignados corresponden a los registrados en el documento base, escritura o acta religiosa. Si se encuentra alguna diferencia o si se realiza alguna enmendadura o tachadura, se debe anotar en la casilla que dice espacio para notas para que quede clara la corrección.

Durante la revisión se debe identificar si el documento contiene el nombre y la identificación de los contrayentes, la fecha, el lugar y el despacho donde se celebró el matrimonio, la fecha de la inscripción y las respectivas anotaciones que en determinados casos se deban hacer.

Luego que se adelante la corrección se entregará al interesado una copia del registro civil de matrimonio.

Para qué se necesita el Registro Civil de Matrimonio?

El Registro Civil de Matrimonio es la única prueba legal de la existencia de una unión conyugal sea civil o religiosa. Este documento es indispensable para adelantar, entre otros, procesos tales como:

• Sucesiones.
• Sustitución de pensión.
• Divorcios.
• Cesación de los efectos civiles del matrimonio.
• Solicitar cualquier auxilio o beneficio al que tenga derecho el cónyuge.

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