Cómo hacer valer el derecho a la Salud

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Insistir por horas, días, meses y hasta años en una entidad de salud para ser atendido, diagnosticado y medicado; llega a ser una tarea muy agotadora que todos quisiéramos evadir. Pero la salud es un derecho, Cómo hacerlo valer?

Índice

Cómo hacer valer el derecho a la Salud y la OMS

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Para muchos el servicio de salud no solo debería ser una garantía, sino también un servicio gratuito que respalde a los ciudadanos. Finalmente este derecho está ligado al desarrollo de la vida pues, según la OMS, Organización Mundial de la Salud, el derecho a la salud incluye el acceso oportuno, aceptable y asequible a servicios de atención de salud de calidad suficiente.

Como hacer valer el derecho a la Salud

Cómo hacer valer el derecho a la Salud derechos a interponer

Qué pasa cuando se está violando este derecho? Se quedaría usted esperando a que las circunstancias mejorarán y que en algún momento las entidades de salud cumplieran con lo que deben cumplir?. Nada de eso, usted puede pelear por sus derechos y acudir a mecanismos como el derecho de petición o la acción de tutela para que éstos sean defendidos y respaldados.

Puede que ya haya escuchado estos dos términos, ya que en los últimos tiempos se han vuelto famosos gracias a los demorados procesos de las entidades promotoras de salud, por escándalos como el paseo de la muerte, la falta de entrega de medicamentos o la demora de autorizaciones para los tratamientos.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud lo primero: El derecho de petición

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Antes de acudir ante un juez para accionar una tutela, debe elaborar un derecho de petición, que es un documento en el cual, según el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, puede solicitar a las autoridades alguna causa, por motivos de interés general o particular.

Entonces, en este paso tendrá que solicitar la prestación del servicio o preguntar por las razones por las que el servicio le ha sido negado. Así, debe escribir un documento dirigido a la EPS a la cual está afiliado, así que debe radicarse en la misma entidad. Es más, usted puede revisar en los sitios web de la entidad promotora de salud el buzón de requerimientos o peticiones, puesto que la gran mayoría ahora cuenta con uno de ellos.

La carta siempre debe titularse con “Derecho de petición”. Esto, para que después sea válido ante las autoridades y además sea un soporte para ejecutar una acción de tutela, que es el paso a seguir.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Según la Constitución, en el documento debe ir explícito el objeto de la petición y las razones en las cuales se apoya, es decir, los hechos o motivos, ya sea porque no ha sido atendido, porque no le han dado medicamentos o cualquiera que sea la razón. Para esto, lo mejor es apoyarse en el artículo 11 de la Constitución, que contempla el derecho a la vida que es el núcleo base del derecho a la salud, así como del derecho a la seguridad social.

Es importante poner su nombre completo, el número la cédula de ciudadanía, así como la firma y su dirección de residencia, junto con teléfonos de contacto. Una vez tenga el documento, hable con su EPS para saber dónde radicarlo y no olvide hacer firmar también una copia del documento que radicó.

Tenga en cuenta que el tiempo que tienen las entidades promotoras de salud para solucionar o responder el derecho de petición, es de 15 días hábiles. Si para usted la respuesta no es clara o satisfactoria, puede insistir con la presentación del documento y esperar diez días más. Si tampoco es favorable, entonces podrá acudir a la acción de tutela.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud Lo segundo: La acción de tutela

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Según contempla la Constitución en el artículo 86, una tutela es útil para reclamar ante los jueces, la protección inmediata de sus derechos constitucionalmente fundamentales, cuando crea que éstos han sido vulnerados o amenazados, ya sea por una entidad pública o una particular.

Si no le pusieron cuidado a su derecho de petición, elabore una tutela. Esta vez no la presente ante la entidad, deberá llevarla ante un juzgado municipal penal o civil.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - El documento no debe dirigirlo a la EPS sino al juez o al juzgado. Debe sustentar las razones de la interposición de la tutela, entonces escriba que ha sido vulnerado el derecho fundamental que usted considera le han violado o amenazado y recuerde también colocar todos sus datos completos: nombre, número de documento, dirección de residencia y firma.

No requiere de un abogado para presentar la tutela, lo puede hacer usted mismo. Adicional a ello debe soportar la tutela con la fotocopia del derecho de petición que anteriormente radicó en la EPS. Éste debe tener la firma, el sello de recibido o el confirmado. Así mismo debe llevar la fotocopia de su cédula y, como pruebas, puede anexar su historia clínica y las órdenes médicas.

Además es importante que solicite una copia de la sentencia, pues con esta puede ir presionando a la entidad.

El juez tiene diez días para fallar. Inclusive si el caso amerita la urgencia de una cirugía o un tratamiento, puede conceder la tutela antes del tiempo. Si considera que la respuesta no es satisfactoria, usted puede impugnar el fallo y el juez civil del circuito tendrá 20 días, para que confirme o falle la decisión.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud - Si el juez falla a favor de la acción de tutela, entonces el juzgado será el encargado de notificar a la EPS. Si ésta omite la tutela, se considera incidente de desacato y usted puede ir a notificar al juez, quien procederá a enviarle una orden a la entidad promotora de salud para que cumpla.

De no hacerlo será multado con hasta 50 salarios mínimos vigentes o se podrá arrestar al representante legal de la entidad por un máximo de seis meses.

Cómo hacer valer el derecho a la Salud quiénes lo pueden presentar

• El paciente: cuando usted es el paciente y está en condiciones de presentarse ante un juez o redactar el documento ya sea derecho de petición o tutela. En caso de que sea su hijo quien se encuentre enfermo podrá hacerlo usted como padre o madre o la persona que tenga la potestad del niño.
• El personero municipal o el defensor del pueblo: si una de estas personas se da cuenta que a usted se le están violando o se le están viendo amenazados alguno de sus derechos fundamentales, ellos podrán proceder con cualquiera de los dos mecanismos a su nombre, así mismo si usted es el que acude a ellos.
• El agente oficioso: si el paciente se encuentra hospitalizado o muy grave y no puede firmar o presentarse ante la entidad autorizada o notaria entonces otra persona en representación de ésta lo podrá realizar y presentar la acción, siempre y cuando justifique que el paciente no puede hacerlo.

Enlace -  Instaurar Tutela

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