Revisión Técnico Mecánica de Vehículos
Este procedimiento de Revisión Técnico Mecánica y de gases se ha establecido por decreto para todos los vehículos automotores donde se verifican las condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad a través de los Centros de Diagnóstico Automotor legalmente constituidos para tal fin.
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos Decreto 0019 del 10 de enero de 2012
A partir de la promulgación del Decreto 0019 del 10 de enero de 2012, todos los vehículos automotores incluyendo las motocicletas, deberán realizar la revisión técnico- mecánica y de emisiones contaminantes anualmente, excepto en los siguientes casos:
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos Primera revisión de los nuevos de servicio particular
Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula.
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos - Ejemplo: Vehículo nuevo matriculado el 11 de enero de 2010. De acuerdo con las modificaciones introducidas inicialmente por el artículo 12 de la Ley 1383 de 2010, este vehículo debió haber sido revisado el 11 de enero de 2012 y la próxima revisión debería ser realizada el 11 de enero de 2014 como fechas máximas.
No obstante con ocasión de la expedición de la nueva Ley, la próxima revisión se deberá practicar el 12 de enero de 2016, es decir 6 años contados a partir de la fecha de su matrícula. Este caso en concreto no aplicaría si el vehículo fuese matriculado el 9 de enero de 2010, toda vez que para el 9 de enero de 2012 ha debido tener vigente la correspondiente revisión técnico - mecánica.
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos Primera revisión de los nuevos de servicio publico
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos - Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.
Ejemplo: Vehículo nuevo matriculado el 13 de enero de 2011. La primera revisión se deberá practicar máximo hasta el 13 de enero de 2013.
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos cual debe ser el Procedimiento
Diríjase a los Centros de Diagnóstico Automotor debidamente autorizado por el Ministerio de Transporte, presentando los siguientes documentos:
o Licencia de tránsito
o Licencia de conducción
o Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos que revisa el Centro de Diagnóstico Automotor
• El adecuado estado de la carrocería.
• Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia
• El buen funcionamiento del sistema mecánico.
• Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico.
• Eficiencia del sistema de combustión interno.
• Elementos de seguridad.
• Las llantas del vehículo
• Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia.
• Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público
• Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que este opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos.
Una vez aprobada la revisión, el CDA ingresará al Sistema de Información RUNT por parte del CDA y se emitirá la certificación de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes
Revisión Técnico Mecánica de Vehículos - El vehículo que no aprueba la revisión se le otorga un plazo de 15 días para una nueva inspección, esta deberá practicarse antes del cumplimiento del año dos años o seis años, según sea el caso, contados a partir de la fecha de matricula que figura en la licencia de tránsito.
Otros tramites relacionados con vehículos automotores los puedes encontrar accediendo por el siguiente enlace - https://comotramitar.com
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