Régimen de Transición Pensional

Régimen de Transición Pensional – Para que tengas un concepto mas claro acerca del Régimen de Transición Pensional y puedas aclarar dudas si estas próximo a pensionarte, con un ejemplo te vamos aclarar muchas inquietudes.

Índice

Régimen de Transición Pensional la consulta

Régimen de Transición Pensional  - Al primero de abril de 1994 (entrada en vigencia régimen de transición pensional) la edad de un empleado era de 39 años y 4 meses (le faltaban 8 meses para cumplir los 40 años, había nacido el 17 enero 1955), pero ya tenía más de 750 semanas cotizadas. El régimen de transición acabó en el año 2010 y solo se extiende hasta el 1 de enero 2014 aquellos que cumplan con un mínimo de semanas y que hayan cumplido la edad, pero el caso es que el empleado cumple los 60 años el 17 de enero de 2014. Por otra parte al día de hoy ya tiene 1100 semanas cotizadas ¿es posible que le concedan la pensión faltándole tan solo unos días para cumplir el requisito de la edad? Respuesta a continuación...

Regimen de Transicion Pensional

 

Régimen de Transición Pensional respuesta a la consulta

Régimen de Transición Pensional de acuerdo al artículo 36 de la ley 100 de 1.993

Régimen de Transición Pensional - Como es bien sabido, la ley 100 de 1993 creó el Sistema General de Pensiones el cual entró en vigencia el 1º de abril de 1994 para los trabajadores del sector privado. Como en ese momento había personas que se encontraban próximas a cumplir los requisitos para pensionarse, la ley quiso proteger sus expectativas legítimas, y en tal virtud señaló que dichas personas conservaban el derecho a pensionarse con el régimen anterior, el cual seguramente les resultaba más favorable, siempre y cuando a esa fecha su edad fuera de 40 o más años de edad en el caso de los hombres y de 35 años o más en tratándose de las mujeres; o tuvieran 15 o más años de servicios cotizados. Pero el legislador limitó el tiempo durante el cual se puede hacer uso de ese derecho y señaló como tal el año 2014.

Régimen de Transición Pensional - Entonces para poder pensionarse con el régimen de transición la ley impuso dos condiciones: a) que a 1º de abril de 1994 la persona tuviera la edad allí señalada, o 15 años o más de servicios cotizados, y b) que esa persona complete los requisitos de edad y volumen de cotizaciones previstos por la ley, antes del 31 de diciembre de 2014.

Régimen de Transición Pensional - De conformidad con lo anterior, si a 1º de abril de 1994 el afiliado tenía 40 o más años de edad o 15 o más años de servicios, quedó amparado por el régimen de transición, pero esa sola circunstancia no le basta para pensionarse con dicho régimen, pues debe además completar la edad de pensión y el número de semanas requeridas por la misma, antes de que finalice el año 2014. Y si al momento de entrar en vigencia la reforma constitucional de 2005, el afiliado no tenía 750 semanas cotizadas al sistema, la posibilidad de pensionarse con el régimen de transición sólo va hasta julio de 2010.

Régimen de Transición Pensional  - Enlace -  Pensión por vejez

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Régimen de Transición Pensional puedes visitar la categoría Laboral y Empresarial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

Este sitio web utiliza cookies para optimizar su experiencia de usuario. Al continuar navegando, usted acepta el uso de cookies y nuestra política de privacidad y cookies. Haga clic en el enlace para más información. Más información