Fondos Privados de Pensiones Modalidades

Fondos Privados de Pensiones Modalidades - Mientras los afiliados al régimen de prima con prestación definida que administra Colpensiones sólo disponen de una modalidad de pensión, los afiliados a los fondos privados pueden escoger la que deseen entre las siguientes siete opciones.

Índice

Fondos Privados de Pensiones Modalidades de importancia

a. Renta vitalicia inmediata
b. Retiro programado
c. Retiro programado con renta vitalicia diferida
d. Renta temporal variable con Renta vitalicia diferida
e. Renta temporal variable con renta vitalicia inmediata
f. Retiro programado sin negociación de bono pensional
g. Renta temporal cierta con renta vitalicia de diferimiento cierto.

Fondos Privados de Pensiones Modalidades y la importancia de conocerlas bien

Es muy importante que los afiliados de los fondos privados se documenten sobre este tema, toda vez que la mayoría de los fiascos que sufren los pensionados de estos fondos obedece a que por el desconocimiento que tienen de las características de cada una de las modalidades de pensión, terminan seleccionando la que menos les conviene.

Renta vitalicia inmediata

Fondos Privados de Pensiones Modalidades - En este tipo de pensión una compañía de seguros de vida recibe el total de lo que tiene acumulado el afiliado en su cuenta de ahorros individual, y a cambio de ello la entidad se obliga a pagarle mensualmente a éste una suma determinada de dinero durante el resto de su vida.

La mesada debe ser constante y no puede ser inferior al salario mínimo y se reajusta cada año de acuerdo con la variación de la inflación o del incremento del salario mínimo.

Si fallece la persona y deja beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivientes, la aseguradora pasa a pagarle a éstos la respectiva pensión por el tiempo a que les corresponda de acuerdo con la ley, si no quedan beneficiarios, el saldo de los ahorros será para la compañía.

Es preciso tener en cuenta que quien escoja esta modalidad de pensión no podrá trasladarse después a la de retiro programado.

Retiro programado

En esta forma de pensión los recursos acumulados por del trabajador en su cuenta de ahorros no van a una aseguradora de vida, como ocurre con la renta vitalicia, sino que los sigue manejando la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), la cual asume el pago de las mesadas pensionales.

Fondos Privados de Pensiones Modalidades - El punto álgido de esta modalidad de pensión radica en que no se le garantiza al afiliado que el monto de la mesada pensional va a mantener su nivel, toda vez que si los rendimientos no son los esperados la pensión es susceptible de disminuir.

Esto significa que la mesada pensional, año tras año, se puede ajustar por encima o por debajo de la inflación según los rendimientos que genere la AFP.

Retiro programado con renta vitalicia diferida

Como su nombre lo indica, esta modalidad de pensión combina el sistema de retiro programado con el de renta vitalicia.

En el sistema de retiro programado con renta vitalicia diferida, el afiliado hace dos cosas:

• Toma una parte de su ahorro y contrata con una aseguradora el pago de una renta vitalicia a partir de un momento determinado.
• Deja en su cuenta individual los recursos suficientes para que la Administradora de Fondos de Pensiones le pague una mensualidad bajo la modalidad de retiro programado desde la fecha en que tiene derecho a la pensión hasta que la aseguradora comience a pagar la renta vitalicia.

Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida

A diferencia de la anterior, en esta cuarta clase de pensión el retiro programado se denomina renta temporal, y se caracteriza porque el afiliado puede recibir ingresos más altos en una de las dos etapas, de acuerdo con sus “expectativas financieras”.

La compañía de seguros que escoja el afiliado asume el pago de la renta vitalicia, y la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) paga la renta temporal con cargo a los recursos acumulados en la cuenta individual del afiliado.

Vale destacar que de acuerdo con la ley, la mesada pensional que el afiliado reciba durante la vigencia de la renta vitalicia no podrá ser inferior al 70%, ni superior al 200% del monto de la mesada que percibió por concepto de renta temporal.

Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata

Fondos Privados de Pensiones Modalidades - En este tipo de pensión el afiliado también hace dos cosas: toma de su cuenta individual una parte de los recursos acumulados en ella y con éstos contrata una renta vitalicia, y al mismo tiempo opta por la renta temporal variable que ofrece la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). O sea que aquí el afiliado puede recibir al mismo tiempo la renta temporal variable y la renta vitalicia inmediata, con un ítem: que la suma de las dos mesadas no puede ser superior al 200% de lo que recibe por renta vitalicia inmediata.

Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional

A esta modalidad de pensión se le atribuye la particularidad de buscar favorecer al afiliado permitiéndole pensionarse anticipadamente bajo el sistema de retiro programado, sin necesidad de redimir el bono pensional: De esa manera, el afiliado puede conservar el valor del bono hasta la fecha de su vencimiento, evitándose así tener que negociarlo prematuramente por un menor valor.

Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto

Al igual que ocurre en las últimas modalidades reseñadas, en este tipo de pensión se advierten dos etapas durante la vida pensional. La primera es por un período fijo denominado Renta temporal Cierta. La segunda fase es vitalicia, pues comprende el resto de la vida del pensionado o del último beneficiario de ley, y se llama Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto.

Fondos Privados de Pensiones Modalidades - En cada etapa, el afiliado puede precisar el tiempo y el valor de la mesada a recibir (tomando en cuenta para ello unos parámetros) y buscando siempre un equilibrio en el valor a recibir en cada una.

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