Incapacidad laboral en un contrato de Servicios

Incapacidad laboral en un contrato de Servicios – En un contrato de servicios también se presentan incapacidades laborales, su tratamiento difiere un poco al tratamiento que se le da en el contrato de trabajo.

Índice

Incapacidad laboral en un contrato de Servicios quien responde

La EPS responde por la incapacidad por enfermedad general a partir del 4 día, ya sea en el contrato de trabajo o en el contrato de servicios, puesto que el tipo de contrato es indiferente respecto a las obligaciones de la EPS.

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Incapacidad laboral en un contrato de Servicios - La diferencia está en los tres primeros días que no cubre la EPS. En el contrato laboral, los primeros tres días de incapacidad los paga a empresa, pero no es el caso del contrato de servicios.

Incapacidad laboral en un contrato de Servicios y su regulación

El contrato de servicios, por estar regulado por la legislación civil o comercial, según sea el caso, no brinda al trabajador los beneficios contenidos en la ley laboral.

Y esa es una de las ventas para la empresa vincular trabajadores mediante contrato de servicios, ya que su obligación se limita a pagar el valor pactado en el contrato respectivo. Ya no debe preocuparse por pagos adicionales como licencias, permisos, incapacidades, etc.

Incapacidad laboral en un contrato de Servicios resumen del pago

Los tres primeros días de incapacidad por enfermedad general, los asume el contratista, lo que significa que la empresa perfectamente puede descontarle del sueldo (valor del contrato) los días que no trabaje por estar incapacitado. Esto no aplicaría si la ausencia del contratista no afecta la ejecución del contrato.

Incapacidad laboral en un contrato de Servicios - Recordemos que en el contrato de servicios, la empresa no tiene nada que ver con la salud o pensión del contratista. Es este quien tiene que afiliarse y realizar las respectivas cotizaciones.

En el caso de la incapacidad por enfermedad profesional, la ARP la reconoce desde el primer día, de suerte que en este caso el contratista no pierde nada.

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